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Consentimiento informado en psicoterapia: qué debe incluir
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El consentimiento informado no es una firma en la primera sesión. La Comisión Nacional de Bioética lo formula sin rodeos: «no es un documento, es un proceso continuo y gradual» que se consolida en un documento: un proceso en el que tu paciente entiende qué es la terapia, qué puede esperar y qué límites tiene la confidencialidad, y decide participar con esa información. Además de una obligación ética, es la base de la alianza terapéutica: un paciente que sabe a qué sí dijo que sí confía más. Esta guía recorre los elementos que el documento debe cubrir, qué te exige de verdad la norma mexicana (y qué no), y los casos que más dudas generan: menores, parejas, telepsicología y grabaciones.
Quién te lo exige: la ética, la ley de salud y la ley de datos
La obligación ética es la más clara. El Código de Ética de la APA le dedica dos estándares. El 3.10 exige obtener el consentimiento cuando prestas servicios — en persona o por medios electrónicos — «usando un lenguaje razonablemente comprensible» para esa persona, y documentarlo siempre, sea escrito u oral (3.10d). El 10.01 concreta el contenido para psicoterapia: informar «tan pronto como sea viable» sobre la naturaleza y el curso previsto de la terapia, los honorarios, la participación de terceros y los límites de la confidencialidad, con oportunidad suficiente de preguntar. Y si trabajas bajo supervisión, el 10.01c añade un requisito que casi siempre se omite: el paciente debe saberlo y conocer el nombre de tu supervisor.
En México, la capa legal tiene dos regímenes que conviene no confundir. El primero es el sanitario. Desde la reforma de salud mental de 2022, la Ley General de Salud reconoce a quienes usan estos servicios el derecho al consentimiento informado sobre su tratamiento y a la confidencialidad de su información (artículo 74 Ter). Y la NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico (obligatoria «incluidos los consultorios», y que sigue vigente tras la revisión sistemática de 2018 que la confirmó sin cambios), define las cartas de consentimiento informado (numeral 4.2): documentos escritos, firmados por el paciente o su representante legal, que aceptan un procedimiento tras recibir información de sus riesgos y beneficios esperados.
Aquí viene el matiz que casi ninguna plantilla en línea cuenta bien: la lista de eventos en los que la NOM exige carta como mínimo (numeral 10.1.2) es hospitalaria y quirúrgica — ingreso hospitalario, cirugía mayor, anestesia general o regional, investigación clínica, procedimientos de alto riesgo. La psicoterapia ambulatoria no está enumerada, y el numeral 10.1.3 deja las cartas adicionales a criterio del personal de salud. ¿Puedes entonces trabajar sin consentimiento firmado? No, por el segundo régimen: la protección de datos. La ley federal de datos personales vigente se publicó en el DOF el 20 de marzo de 2025 (última reforma: 14 de noviembre de 2025) y abrogó la ley de 2010 — cuidado con los formatos que todavía citan la ley anterior o al INAI. La nueva ley clasifica el «estado de salud presente o futuro» como dato personal sensible, y su artículo 8 exige para tratarlo un consentimiento «expreso y por escrito», mediante firma autógrafa, firma electrónica u otro mecanismo de autenticación. Todo lo que registras de un consultante es dato de salud: la historia clínica, tus notas, cualquier grabación. La vigila hoy la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, con multas de hasta 320,000 UMA que pueden duplicarse tratándose de datos sensibles (artículo 59).
La conclusión práctica: el consentimiento firmado con cada paciente no te lo impone la NOM; te lo imponen la ética profesional y la ley de datos. Aun así, el formato de la NOM sigue siendo el mejor modelo para estructurarlo, como verás al final.
Los elementos esenciales
Un documento de consentimiento para psicoterapia debería cubrir, como mínimo:
1. Naturaleza y alcance del tratamiento
Qué enfoque usas, en qué consiste el proceso, duración y frecuencia estimadas de las sesiones, y una aclaración honesta: la psicoterapia tiene beneficios esperables pero no resultados garantizados, y a veces implica malestar temporal (hablar de temas difíciles, hacer ejercicios de exposición). Si trabajas con un plan de tratamiento con objetivos verificables, dilo aquí: existirá y se revisará junto con el paciente.
2. Confidencialidad — y sus límites
La parte más importante. El estándar 4.02 de la APA pide discutir los límites de la confidencialidad al inicio de la relación y de nuevo cuando las circunstancias cambien — no una sola vez. Explica que lo hablado en sesión es confidencial y enumera las excepciones antes de que ocurran. En México, además de las excepciones clásicas, dos deberes legales alcanzan a cualquier persona, psicólogos incluidos:
- La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes obliga a toda persona que conozca vulneraciones a los derechos de menores a informarlas de inmediato a las autoridades competentes (artículo 12).
- El Código Nacional de Procedimientos Penales impone el deber general de denunciar ante el Ministerio Público los hechos probablemente constitutivos de delito (artículo 222).
A eso se suman el riesgo inminente para la vida del paciente o de terceros — que manejas conforme a tu protocolo y tu marco ético —, los requerimientos de autoridad judicial competente y la supervisión clínica (con datos que no identifiquen al paciente). El alcance exacto depende de dónde ejerces: verifica tus normas locales y escribe las excepciones en lenguaje claro, no en jerga legal.
«Lo que hablamos en sesión es confidencial. La ley me obliga a romperla solo en casos concretos, y quiero que los conozcas desde hoy: si hay un riesgo serio para tu vida o la de otra persona, si conozco maltrato a un menor, o si una autoridad judicial lo requiere.»
3. Encuadre económico y administrativo
Honorarios, formas de pago, política de cancelación (con cuántas horas de anticipación y qué costo tiene no avisar) y qué pasa con los retrasos. El 10.01 incluye los honorarios entre lo que debe informarse cuanto antes; nada erosiona más la relación terapéutica que una sorpresa de dinero.
4. Comunicación entre sesiones
Por qué canal pueden contactarte, en qué horarios y qué tiempos de respuesta son razonables. Sé explícito con las emergencias: la mensajería no es un canal de crisis, y el documento debe decir a dónde acudir si hay una. En México, la Línea de la Vida (800 911 2000) atiende gratuitamente las 24 horas, los 365 días del año; súmale los servicios de urgencias locales.
5. Telepsicología, si aplica
Las guías de telepsicología de la APA (revisadas en 2024; si tu formato cita la de 2013, toca actualizarlo) dedican su Guía 2 al consentimiento informado y recomiendan un consentimiento doble: uno para los servicios psicológicos y otro para la modalidad a distancia. Sus dieciséis dominios funcionan como auditoría de tu formato: qué datos se almacenan, cómo y quién accede; la ubicación física del paciente durante la sesión; los procedimientos de emergencia; qué hacer si la conexión falla; honorarios y cancelación; la renovación del consentimiento; y la licencia y jurisdicción del psicólogo. Para menores, la misma guía pide el asentimiento informado del menor además del consentimiento parental.
6. Expediente, datos y aviso de privacidad
Cómo guardas tus notas, quién tiene acceso y por cuánto tiempo se conservan. En México la NOM-004 responde las dos últimas preguntas: el expediente se conserva un mínimo de 5 años desde el último acto de atención, es propiedad del prestador y el paciente conserva derechos de titularidad sobre la información (numeral 5.4); y los expedientes de atención psicológica en establecimientos ambulatorios independientes «se ajustarán a la naturaleza de los servicios prestados» (numeral 5.16). Además, el aviso de privacidad es un documento distinto del consentimiento a la terapia: debe identificar qué datos tratas y cuáles son sensibles, con qué finalidades y cómo ejercer los derechos ARCO (artículo 15). Si usas herramientas digitales o de inteligencia artificial para apoyar tu documentación, dilo: qué herramienta, qué datos procesa y qué salvaguardas ofrece. La transparencia aquí no es solo ética: es lo que le permite al paciente consentir de verdad.
7. Derecho a preguntar y a retirarse
El paciente puede hacer preguntas en cualquier momento, negarse a técnicas específicas y terminar el tratamiento cuando lo decida. La ley de datos añade un derecho paralelo: el consentimiento «podrá ser revocado en cualquier momento», sin efectos retroactivos (artículo 7). Escribirlo cambia el tono de todo el documento: de contrato impuesto a acuerdo entre adultos.
Casos que piden atención especial
Menores de edad
El consentimiento lo otorgan quienes ejercen la patria potestad (por regla general, ambos padres), porque el Código Civil Federal los reconoce como «legítimos representantes» del menor (artículos 412, 414 y 425). Pero la firma de los adultos no basta: el estándar 3.10b pide, con quien no puede consentir legalmente, dar una explicación apropiada, buscar su asentimiento, considerar sus preferencias e intereses, y obtener el permiso de la persona legalmente autorizada. En la misma dirección, la LGDNNA reconoce a los menores el derecho a ser escuchados y tomados en cuenta conforme a su edad y madurez (artículo 71). Deja también por escrito qué se compartirá con los adultos y qué no. Dos cautelas: la edad a partir de la cual un adolescente podría consentir por sí mismo no está resuelta de manera uniforme — verifica la norma aplicable donde ejerces —, y en escenarios de separación o disputa parental documenta quién autoriza el tratamiento y sobre qué base.
Terapia de pareja o familiar
El estándar 10.02 lo exige desde el arranque: aclarar quiénes son los pacientes y qué relación tendrás con cada persona. Define también cómo manejas los secretos entre miembros y qué pasa con el expediente si el proceso se divide en tratamientos individuales.
Grabaciones, transcripción y herramientas de IA
Aquí convergen las tres capas. La ética: grabar la voz o la imagen de un paciente requiere su permiso — o el de su representante legal —, específico y no implícito en el consentimiento general (estándar 4.03). La ley de datos: una grabación de sesión es dato de salud, es decir, sensible, y exige consentimiento expreso y por escrito, con firma autógrafa o electrónica (artículo 8), revocable en cualquier momento. Y la NOM: divulgar material del expediente que permita identificar al paciente — docencia, investigación, publicación — requiere además su autorización escrita (numeral 5.5). Lo mismo vale para una herramienta que transcribe audio o procesa la sesión con IA: consentimiento expreso, documentado y revocable, nunca un supuesto por defecto.
«Ninguna sesión se graba por defecto. Si te propongo grabar audio o usar una herramienta que transcriba la sesión, sabrás antes qué se registra, dónde se guarda y quién puede acceder, y firmarás una autorización específica, revocable cuando quieras.»
Cómo documentarlo bien
- Entrégalo antes de la primera sesión y dedica minutos de esa sesión a conversarlo; el documento acompaña la conversación, no la sustituye. Cómo encaja con todo lo demás que esa primera sesión debe cubrir, lo detallamos en la entrevista inicial.
- Registra el proceso en tu nota de sesión: que se explicó, qué preguntas hubo y que el paciente aceptó.
- Actualízalo cuando cambie el encuadre: paso a telepsicología, cambio de honorarios, incorporación de una herramienta de grabación o de IA.
- Si tomas la NOM como modelo, tómala completa. El numeral 10.1.1 pide lugar y fecha, el acto que se autoriza, los riesgos y beneficios esperados, el nombre y firma de quien informa y del paciente o su representante — y de dos testigos, el requisito que casi todas las plantillas omiten.
- Guarda el documento firmado en el expediente, junto con sus versiones: si el consentimiento evoluciona, tu archivo debe reflejarlo.
Un encuadre claro también se nota en el expediente
El consentimiento informado es la primera pieza de un expediente ordenado — y mantener el resto (notas, planes, seguimientos) al día es donde más tiempo se va. gesell.ai te ayuda con ambas partes: los consentimientos informados pueden firmarse digitalmente y quedar archivados en el expediente de cada paciente, y tu registro de sesión se transforma en notas clínicas estructuradas que tú revisas y apruebas, mientras te concentras en lo que ninguna herramienta puede hacer: la relación con tu paciente.
Referencias
- American Psychological Association — Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct (2017)
- American Psychological Association — Guidelines for the Practice of Telepsychology (revisión 2024)
- Diario Oficial de la Federación — NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico
- Cámara de Diputados — Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (texto vigente)
- Cámara de Diputados — Ley General de Salud (texto vigente)
- Cámara de Diputados — Código Civil Federal (texto vigente)
- Comisión Nacional de Bioética — Consentimiento informado
Sobre el autor
Equipo Gesell
Contenido clínico y de producto escrito por el equipo de gesell.ai junto a psicólogos clínicos certificados.